Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
Ley 2/2011 de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, La Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Nuestros clientes podrán formular cualquier queja o reclamación a nuestro Servicio de Atención al Cliente (SAC) a través de los siguientes medios:
Directamente al Servicio de Atención al Cliente (SAC)
E-Mail: atencioncliente@catsa.com
O en cualquiera de nuestras oficinas:
SS.CC: Calle de la Diputació 337, Local · 08009 Barcelona (Barcelona)
D.Norte: Calle del Sadar 16, Local · 31006 Pamplona (Navarra)
Todas las quejas y reclamaciones se efectuaran por escrito utilizando cualquiera de los medios anteriormente descritos, en cualquiera de nuestras delegaciones si las hubiera o se puedieran abrir en un futuro.
Con independencia del medio utilizado, la queja o reclamación deberá facilitar la siguiente información:
a) Identificación completa de la persona o personas que la presenten. Nombre, apellidos y DNI. Si actúan en representación de una sociedad: razón social y CIF de la representada.
b) Motivo de la queja o reclamación, con una exposición clara de las cuestiones sobre las que informa de su incidencia, con indicación de la referencia del informe de tasación, o en su defecto, de la dirección exacta del inmueble valorado.
c) La documentación que estime oportuna para fundamentar sus requerimientos.
d) Lugar, fecha y firma.
CATSA dispone de un plazo no superior a un mes, desde la presentación de la queja o reclamación, para dar respuesta por escrito. En el supuesto de disconformidad con la resolución de la incidencia planteada, y una vez agotado el plazo establecido, se podrá interponer reclamación ante el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones, cuyos datos de contacto se indican a continuación:
Banco de España Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones
Calle de Alcalá 48, 28014 · Madrid (Madrid)
O bien, por vía telemática a través de la oficina virtual en:
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