Atención al cliente

Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Ley 2/2011 de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, La Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.


Nuestros clientes podrán formular cualquier queja o reclamación a nuestro Servicio de Atención al Cliente (SAC) a través de los siguientes medios:

Directamente al Servicio de Atención al Cliente (SAC)

E-Mail:  atencioncliente@catsa.com

O en cualquiera de nuestras oficinas:

SS.CC: Calle de la Diputació 337, Local · 08009 Barcelona (Barcelona)
D.Norte: Calle del Sadar 16, Local · 31006 Pamplona (Navarra)


Todas las quejas y reclamaciones se efectuaran por escrito utilizando cualquiera de los medios anteriormente descritos, en cualquiera de nuestras delegaciones si las hubiera o se puedieran abrir en un futuro.


Con independencia del medio utilizado, la queja o reclamación deberá facilitar la siguiente información:

a) Identificación completa de la persona o personas que la presenten. Nombre, apellidos y DNI. Si actúan en representación de una sociedad: razón social y CIF de la representada.

b) Motivo de la queja o reclamación, con una exposición clara de las cuestiones sobre las que informa de su incidencia, con indicación de la referencia del informe de tasación, o en su defecto, de la dirección exacta del inmueble valorado.

c) La documentación que estime oportuna para fundamentar sus requerimientos.

d) Lugar, fecha y firma.


CATSA dispone de un plazo no superior a un mes, desde la presentación de la queja o reclamación, para dar respuesta por escrito. En el supuesto de disconformidad con la resolución de la incidencia planteada, y una vez agotado el plazo establecido, se podrá interponer reclamación ante el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones, cuyos datos de contacto se indican a continuación:

Banco de España  Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones

Calle de Alcalá 48, 28014 · Madrid (Madrid)

O bien, por vía telemática a través de la oficina virtual  en:

https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/tramites/reclamaciones-y-/Reclamaciones___2e85b7714582d21.html 

Para mayor información vea los términos de la política de privacidad