El Tribunal de Justicia de la Unión Europea obliga a la banca a devolver las cláusulas abusivas de los gastos hipotecarios
La Justicia Europea falló
el pasado 16 de julio de 2020 en contra de los bancos y dictaminó
que estos deben devolver los gastos hipotecarios que sean
considerados abusivos por un juzgado y que, por tanto, han sido
cobrados indebidamente a los propietarios.
¿Qué dice la sentencia del 16 de julio de 2020 sobre las cláusulas hipotecarias abusivas?
El Tribunal de Justicia
de la Unión Europea, el TJUE, dictó una sentencia que resuelve una
cuestión relativa a un contrato hipotecario firmado en Mallorca el
año 2000 con CaixaBank y otro en Ceuta en el 2011 con BBVA. Se
establece que las cláusulas contractuales que sean consideradas
abusivas por parte de un juez nunca han existido, que los
consumidores no están obligados a abonar las cantidades que se
indican y que, por tanto, las entidades financieras deben
reintegrarles la cuantía correspondiente.
Dado que la firma de una
hipoteca está sujeta a un control exhaustivo de transparencia, es
necesario que se estudie cada caso si el consumidor fue debidamente
informado en su momento sobre todas las cláusulas incluidas.
En definitiva, lo que
buscan los compradores en sus segundas residencias tras el
confinamiento que hemos vivido en nuestro país es más espacio para
disfrutar de la familia y teletrabajar cómodamente, zonas
exteriores, eficiencia energética y espacios más cuidados y con una
decoración más pensada.
¿Qué pueden reclamar los consumidores?
Los gastos que los
compradores pueden reclamar tras este fallo son:
Gastos de apertura
de hipoteca
Gastos de
cancelación de hipoteca
Gastos de gestoría
Gastos de notaría
Gastos de
inscripción en el Registro de la Propiedad
Es
importante señalar que no es posible reclamar el Impuesto de Actos
Jurídicos Documentados, dado que es un tributo que debe correr de
parte de los consumidores desde que la ley así lo estipulara el 10
de noviembre de 2018 y lo ratificara el 6 de noviembre del mismo año.
Plazo para reclamar los gastos hipotecarios considerados abusivos
La sentencia del TJUE
indica que las entidades financieras deben abonar a los compradores
los gastos hipotecarios en un plazo de prescripción de 5 años. Este
plazo comienza en el momento en que los jueces declaren la nulidad de
las cláusulas hipotecarias correspondientes por ser consideradas
abusivas.
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Anónima, estamos pendientes de los cambios y novedades que van
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